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Sector registral reconoce la importancia de la protección de datos personales en sus procesos

Boletín N° 28

11 de septiembre de 2024

Quito.-  Con el objetivo de fortalecer el cumplimiento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales en el ámbito registral, la Dirección Nacional de Registros Públicos (Dinarp), a través de su autoridad, Diana Velasco Aguilar, destaca las atribuciones que tienen los registros frente a esta legislación.

Cumpliendo con la normativa de protección de datos personales, en el sector registral se establecen los siguientes roles:

  1. Responsable del tratamiento: es el registrador, porque decide la finalidad y el tratamiento de los datos personales.
  • Encargado: es el personal del registro, porque trata datos personales a nombre y por cuenta del responsable del tratamiento de datos.
  • Titular: son los usuarios de los registros, cuyos datos son objeto de tratamiento.
  • Destinatario es la persona comunicada con los datos personales, que debe tener un interés legítimo para acceder a esta información.

Los registradores mercantiles, de la propiedad y de la propiedad con funciones y facultades de mercantil deben desarrollar internamente su política de protección de datos, por la información personal que manejan a diario durante la ejecución de sus trámites, en concordancia a normativas que regulan este sector.

Una de ellas es Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos (Sinardap) que, en el artículo 14 establece que “los registros públicos y demás oficinas que manejen información relacionada con el objeto de esta Ley administrarán sus bases de datos en coordinación con la Dinarp. Sus atribuciones, responsabilidades y funciones serán determinadas por la ley pertinente a cada registro y por el Reglamento a la presente ley”.

Otra normativa es la Ley de Registro, que en su artículo 11, literal b, señala que son deberes y atribuciones del registrador llevar un inventario de los registros, libros y demás documentos pertenecientes a la oficina.

Con el fin de reforzar este compromiso la Dinarp emitió la Resolución N° 009-NG-Dinardap 2021 que regula el tratamiento de datos personales en el Sistema Nacional de Registros Públicos (Sinarp) y que es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades que conforman este sistema, entre ellas los registros mercantiles, de la propiedad y de la propiedad con funciones y facultades de mercantil.

Más información

Dirección de Comunicación Social

María Luisa Sosa

mlsosa@registrospublicos.gob.ec


 

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