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Registrador Mercantil

Abg. Tamy León

Nuestra Labor

Información General del Registro Mercantil de Babahoyo

El Registro Mercantil del cantón Babahoyo, es la oficina en la que se realizan las inscripciones de documentos, actos o contratos que ordena la Ley de Registro, Ley de Compañías, Código de Comercio, Código Civil, entre otras. Su jurisdicción o alcance es cantonal y funciona en forma desconcentrada registral y administrativamente.

 

El Registro Mercantil se ha convirtió en una Institución Pública inmersa en un continuo proceso de renovación, por su importancia, por la cantidad de documentación ingresada y principalmente por el servicio al pueblo ecuatoriano.

 

 

El Registro Mercantil denominado inicialmente, “Oficina del Registro”, actualmente es una institución pública inmersa en un continuo proceso de mejora, por su importancia, por la cantidad de documentación ingresada y principalmente por el servicio al pueblo ecuatoriano.

El Registro Mercantil del cantón Babahoyo, se creó en el año 1982, dependiente de la función judicial con fines privados. Inicialmente el Registro de la Propiedad llevaba también los registros mercantiles, pero en el referido año se independizó y se abrió una oficina encargada de inscribir todos los actos mercantiles.

 

La oficina de Registro inició en 1906 y en aquel entonces, cada cantón contaba con una “oficina de registro” a cargo de temas de propiedad, de bienes inmuebles y mercantil, pero en enero de 1975 se produjo la separación en el cantón Quito, en un registro de la propiedad y en un registro mercantil de forma independiente.

 

En aplicación a la norma constitucional y a la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, emitió la resolución No. 006-DINARDAP-2011 donde se crean las dependencias públicas denominadas “registro mercantil”.

 

A la fecha existen registros mercantiles en los siguientes cantones: Ambato, Babahoyo, Cuenca, Durán Samborondón, Esmeraldas, Guayaquil, Ibarra, Loja, Machala, Manta, Portoviejo, Quito, Riobamba y Santo Domingo. En los demás cantones del país siguen siendo los Registros de la Propiedad, los encargados del Registro Mercantil.

El Registro Mercantil del cantón Babahoyo, se creó en el año 1982, dependiente de la función judicial con fines privados. Inicialmente el Registro de la Propiedad llevaba también los registros mercantiles, pero en el referido año se independizó y se abrió una oficina encargada de inscribir todos los actos mercantiles.

 

La oficina de Registro inició en 1906 y en aquel entonces, cada cantón contaba con una “oficina de registro” a cargo de temas de propiedad, de bienes inmuebles y mercantil, pero en enero de 1975 se produjo la separación en el cantón Quito, en un registro de la propiedad y en un registro mercantil de forma independiente.

 

En aplicación a la norma constitucional y a la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, emitió la resolución No. 006-DINARDAP-2011 donde se crean las dependencias públicas denominadas “registro mercantil”.

 

A la fecha existen registros mercantiles en los siguientes cantones: Ambato, Babahoyo, Cuenca, Durán Samborondón, Esmeraldas, Guayaquil, Ibarra, Loja, Machala, Manta, Portoviejo, Quito, Riobamba y Santo Domingo. En los demás cantones del país siguen siendo los Registros de la Propiedad, los encargados del Registro Mercantil.

Las inscripciones de los instrumentos públicos, títulos, contratos y demás documentos que la Ley exige o permite que se inscriban tienen principalmente la finalidad de su publicidad.

 

El objetivo fundamental es garantizar la autenticidad y seguridad de los títulos, contratos, instrumentos públicos y demás documentos que deben registrarse. En consecuencia, el acto registral está investido de FE PÚBLICA.

La persona a cargo del Registro Mercantil del cantón Babahoyo se llama Registrador Mercantil. La Abg. Tamy León es el actual Registradora Mercantil.

Entre sus principales funciones están:

  1. Inscribir los documentos cuya inscripción exige o permita la ley.
  2. Llevar un inventario de los Registros, libros y demás documentos pertenecientes a la oficina del Registro.
  3. Anotar en el “Libro de Repertorio” los títulos o documentos que se presenten para su inscripción y cerrarlo diariamente.
  4. Conferir certificados y copias.
  5. Dar informes oficiales que le pidan los funcionarios públicos o que estén dispuestos por la Ley.

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