Nueva Resolución sustituye a la norma de procedimiento para el reporte de inventario de libros
BOLETÍN OFICIAL 088
12 de febrero de 2021
Quito, Ecuador- El pasado 09 de febrero de 2021, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap) emitió la Resolución 005-NG-DINARDAP-2021, que reforma a la Resolución 002-NG DINARDAP-2021, que establecía el Procedimiento para el reporte de inventarios de los libros registrales a través del módulo de inventarios Implementado en la plataforma tecnológica de control de remanentes e inventarios de la Dinardap.
La nueva resolución señala que a través de la plataforma tecnológica de control de remantes e inventarios, los Registradores de la Propiedad, Registradores Mercantiles y Registradores de la Propiedad con facultades y atribuciones de Registro Mercantil a escala nacional realizarán el levantamiento de inventarios de registros, libros y demás documentos pertenecientes a la oficina registral.
La Resolución indica, entre otras, que la Coordinación de Gestión, Registro y Seguimiento, la Coordinación de Normativa y Protección de la Información, y la Coordinación de Infraestructura y Seguridad Informática de la Dinardap deberán realizar los cambios pertinentes en el módulo de inventarios de la Plataforma Tecnológica de Control de Remanentes e Inventarios, así como realizar las capacitaciones para iniciar el proceso de carga de los formularios que contienen la declaración responsable para los trámites registrales atendidos en línea en los Registros de la Propiedad, Registros Mercantiles y Registros de la Propiedad con funciones y facultades de Registro Mercantil en el año 2020.
Cabe señalar que el ámbito de aplicación del levantamiento de inventarios es de cumplimiento obligatorio para todos los Registradores; además que establece el uso obligatorio de la firma electrónica para la suscripción de los reportes de inventarios por parte de los Registradores.
Si requiere de más información sobre esta normativa visite https://bit.ly/2OjtPhN./ DCS