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La veeduría ciudadana para la selección de Registrador Mercantil de Guayaquil abrió tercera convocatoria

BOLETÍN OFICIAL 102

22 de febrero de 2021

 

Quito, Ecuador-  En cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, invita a la ciudadanía (individual o colectiva) a participar en la tercera convocatoria de veeduría ciudadana para vigilar el proceso del concurso  de méritos  y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación de registrador mercantil del cantón Guayaquil.

 

Para el efecto, los interesados en participar en este proceso democrático deberán llenar el formulario de inscripción, accediendo al siguiente enlace http://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/formulario_para_conformacion_de_veedurias_ciudadanas.pdf; además adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía y del certificado de votación.

 

Debido a la emergencia sanitaria que vive el país, los interesados, en participar en el proceso de veedurías para la selección del registrador mercantil del cantón Guayaquil, deberán enviar el formulario de  inscripción al correo electrónico abarbosa@cpccs.gob.ec, hasta el viernes 26 de  febrero del 2021, 17:00.

 

Una vez que concluya el plazo establecido y se realice la verificación de la información receptada, la Delegación Provincial tomará contacto con los postulantes.

 

Para mayor información descargue el documento completo en https://bit.ly/3dDhdgg

 

Las veedurías ciudadanas constituyen mecanismos de control social que permiten a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos de participación para realizar el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública, con el fin de conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones, exigir rendición de cuentas y contribuir al mejoramiento de la administración de lo público.

 

Estas son independientes del CPCCS, de la entidad observada o de la cualquier otra  institución  de  la  administración  pública;  por  tanto,  no existe  relación  de  dependencia laboral  entre  el  Consejo  de  Participación  Ciudadana  y  Control  Social  u  otra  dependencia  del Estado y los miembros de las veedurías ciudadanas.

 

Para mayor información descargue el Reglamento General de Veedurías  Ciudadanas – http://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/02/reglamento-general-de-veedurias-ciudadanas.pdf

 

De acuerdo a la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos (Sinardap), los registros mercantiles serán organizados y administrados por la Función Ejecutiva, a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), que dictará las normas técnicas y ejercerá las demás atribuciones que determina esta ley para la conformación e integración al sistema (art.20)

 

Por lo que para ser designados como Registradora o Registrador Mercantil se lo hará mediante concurso público de oposición y méritos y su nombramiento será por un período fijo de cuatro años y podrá ser reelegida o reelegido por una sola vez.

 


 

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