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Inscripciones – Inscripción de Aumentos de Capital

Inscripción de Aumento de Capital


 

 

Las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país podrán inscribir el Aumento o Incremento en el valor del capital de una compañía, previamente inscrita.

 

 

 

 

 

* Ciudadano mayor de 18 años nacional o extranjero.
* Son todas las personas jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país que deseen inscribir un Aumento o Incremento en el valor del capital de una compañía, previamente inscrita.

 

Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública, Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.

 

 

 

 

– Inscripción de Aumento de Capital.

 

 

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

 

 

 

 

1. Tres ejemplares de la escritura pública emitida por el notario.

2. Acta de la junta general.

3. Nombramiento de representante legal debidamente inscrito y vigente a la fecha de la celebración de la escritura.

4. Razones notariales de marginación.

5. Pago realizado en las ventanillas del Registro Mercantil según el valor de la cuantía.

 

 

 

 

1. Pago a favor del Registro Mercantil del Cantón en donde solicite su inscripción,a través de los mecanismos de recaudación digital habilitados (Intermático Banco del Pacífico).

2. Ejemplar de la escritura pública emitida por el notario en formato PDF.

3. Acta de la junta general en formato PDF.

4. Nombramiento de representante legal debidamente inscrito y vigente a la fecha de la celebración de la escritura en formato PDF.

5. Razón notarial de marginación en formato PDF.

6. Formulario de solicitud de inscripción de aumento o incremento de capital con firma electrónica (se genera del Trámite en línea).

 

NOTAS:

* Los requisitos deben ser ingresados en el formulario web del trámite, conforme a la solicitud, en caso que el trámite sea observado, se  deberá ingresar nuevamente la petición.

* Recuerde que en caso de que no se hayan subido los documentos habilitantes conforme lo solicitado en el formulario, no existe política la devolución de valores cancelados.

* El ciudadano debe contar con firma electrónica.

* Todos los documentos deben estar en formato PDF.

* El ciudadano debe contar con una cuenta en el Banco del Pacífico a fin de poder hacer uso del intermático en caso de depósitos en línea.

Requisitos Especiales:

1. En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con el Poder o carta de autorización debidamente suscrita en  formato PDF.

 

 

 

 

 

 

1. Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro Mercantil en el cual procede la inscripción.

2. Realizar el pago según las formas aceptadas (efectivo o cheque certificado).

3. Subsanar observaciones (en caso de existir).

4. Retirar el trámite.

 

 

 

 

1. Ingresar en la opción «trámite en línea»

2. Llenar el formulario web, adjuntando el pago y los requisitos al formulario (debe ser legible y acorde al trámite)

En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones:

   NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado.

 REINGRESO DE TRÁMITE : Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.

3. Recibir proforma por parte del Registro Mercantil.

4. Pago a favor del Registro Mercantil del Cantón en donde solicite su inscripción a través de los mecanismos de recaudación digital habilitados (Intermático Banco del Pacífico).

5. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea)

6. Recibir la factura.

7. Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea)

8. Recibir su inscripción.

 

NOTA:

* El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o  la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en  el formulario en línea.

* Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).

* El tiempo máximo para subsanar las observaciones es de 2 días posterior a la entrega de los mismos.

* En caso de que existan observaciones, el usuario deberá reingresar su trámite con la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.

* El tiempo de atención para este trámite es de 3 días contados desde la  generación de la factura al usuario

* Una vez que se reanude la atención presencial el usuario deberá entregar de manera obligatoria la documentación física que consta dentro de los requisitos en tres ejemplares, para lo cual tendrá 10 días laborables.

 

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

 

 

 

 

 

  • USD 25,00 (Veinte y cinco Dólares Americanos con 00/100 ctvos) + 0.5 % del valor de la cuantía determinada en el contrato.

 

NOTAS:

* Los valores de las cuantías se encuentran determinados en la Resolución 002-NG-DINARDAP-2016, TABLA DE ARANCELES DE LOS SERVICIOS REGISTRALES MERCANTILES A NIVEL NACIONAL.

*  El pago en línea  se realizará a través de Intermático del Banco del Pacífico.

*  Verifique que el pago se realice en el Registro Mercantil en el que proceda su inscripción.

*  Recuerde que no existe política la devolución de valores cancelados.

 

 

 

 

 

 

 

 

  • Atención 24 horas

 

 

 

 

La Inscripción de Nombramientos es un documento cuya validez, esta establecida con la fecha y hora en la cual fue generado, el Registro Mercantil da fe de su veracidad hasta el momento de su emisión.

 

Contacto: Dirección de Control y Evaluación

Email: incidenciasregistro@dinardap.gob.ec

Teléfono: 3154124 ext 401

Nota: Para agilitar la atención, favor registrar el nombre del Registro Mercantil en el cual está realizando su trámite.


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