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Ecuador, Bolivia y Venezuela son los tres países de la región que aún no cuentan con una Ley de Protección de Datos Personales

BOLETÍN OFICIAL 452

30 de septiembre de 2020

Quito, Ecuador- Ecuador, Bolivia y Venezuela son los tres países de la región que aún no cuentan con una Ley de Protección de Datos Personales.  Sin embargo, Ecuador se encuentra adelantado en la materia. Hace un año, el 19 de septiembre de 2019, el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (Mintel) entregó, en representación de la Presidencia del Ecuador, el actual proyecto de Ley, que se encuentra en análisis, a la Asamblea Nacional.

Así lo explicó, el 24 de septiembre, la directora nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), Lorena Naranjo Godoy, en entrevista ofrecida al programa boliviano Tecnología y Derecho a un CLICK, conducido por Karina Medinacelli,  donde se abordó el tema de las habilidades o destrezas de niñas, niños y adolescentes como ciudadanos digitales; así como, la importancia de que los países tengan una normativa exclusiva de protección de datos, especialmente como consecuencia de la COVID-19, muchas de las actividades públicas y privadas se desarrollan a través del uso de las tecnologías.

Para la Directora Nacional, el que un país no tenga una normativa de Protección de Datos Personales, no solo que afecta a criterios de privacidad o intimidad, sino que lo pone en desventaja competitiva de productos y servicios desarrollados.

Aunque la Constitución del Ecuador establece a la protección de datos personales como un derecho desde el 2008, no tenía una normativa que ejecute este derecho fundamental.

“Esto nos convocó a elaborar, un anteproyecto y actualmente, el contenido del proyecto fue aprobado, el 23 de septiembre, para pasar a primer debate y así avanzar en el proceso de tener una ley… Esto nos compromete a seguir impulsando esta normativa para Ecuador”, puntualizó.

Para Karina Medinacelli es positivo que el proyecto ecuatoriano haya encontrado respaldo para su aprobación, puesto como se mencionó el impacto de carecer de una norma en materia de protección de datos afecta la apertura comercial. Así también es positivo que el proyecto haya considerado a la academia para impulsar el trabajo de la institución (Dinardap).

De acuerdo con la profesional, en Bolivia, además que hay dos anteproyectos: Uno propuesto en el 2018, por una diputada demócrata cristiana; y el otro, presentado por la sociedad civil, en mayo 2019; sin embargo, “este año no ha habido una promoción y ambos proyectos están parados en la Asamblea boliviana”.

Añadió que desde el 2004, está inserta el recurso de Habeas Data, que posteriormente cambió a Acción de protección de la privacidad; sin embargo, hasta la fecha este país no tiene una Ley específica sobre protección de datos personales, aunque cuente con un recurso que cubre lo que es intimidad, privacidad, y la protección de los datos personales, “es a través de esta jurisprudencia que se van creando las subreglas en esta materia”, dijo.

Acotó también que desde el 2010, ya existen sentencias a demandas dentro del denominado Acción de protección de privacidad. Asimismo, a través del Código Procesal Constitucional, de julio de 2012 se creó un capítulo de acción de la privacidad y en normativas sectoriales se hace mención a la protección de datos personales: Ley de Servicios Financieros, Ley de Telecomunicaciones y Ley de Ciudadanía Digital que ya usa el término. /DCS