Dinardap implementa procedimiento de reporte de inventarios registrales, a través del uso de las TIC
BOLETÍN OFICIAL 051
2 de febrero de 2021
Quito, Ecuador- El pasado 12 de enero de 2021, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap) emitió la Norma que establece el procedimiento para el reporte de inventarios de los libros registrales a través del módulo de inventarios implementado en la plataforma tecnológica de control de remantes e inventarios.
A través de esta plataforma se establece y regula el procedimiento de los Registradores de la Propiedad, Registradores Mercantiles y Registradores de la Propiedad con facultades y atribuciones de Registro Mercantil a escala nacional para el levantamiento de inventarios de registros, libros y demás documentos pertenecientes a la oficina registral, conforme lo dispone el literal b), del artículo 11, de la Ley de Registro: “Llevar un inventario de los Registros, libros y demás documentos pertenecientes a la oficina, debiendo enviar una copia de dicho inventario a la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año.”.
De acuerdo a lo señalado en la resolución, el ámbito de aplicación de esta, es de cumplimiento obligatorio para todos los Registradores; utilizando la Plataforma Tecnológica de Control de Remantes e Inventarios y establece el uso obligatorio de la firma electrónica para la suscripción de los reportes de inventarios por parte de los Registradores de la
Cabe señalar que, tras la inclusión, revisión y validación de la información por parte de la Dinardap y su Direcciones zonales, la plataforma generará cuatro reportes: Inventario de Libros Relacionados con Actos de Propiedad, Inventario de Libros Relacionados con Actos Mercantiles, Inventario de los Libros Repertorio e Inventario de los Libros de Índice General.
Si requiere de mas información sobre esta normativa visite https://bit.ly/2Mp7P4l/DCS