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Se desarrollan la primera y segunda convocatorias para veedor/a del proceso de selección de registradores mercantiles

BOLETÍN OFICIAL 054

26 de enero de 2021

 

Quito, Ecuador- Desde el pasado 15 de enero, inició la convocatoria ciudadana para que, de manera individual o colectiva, participe como veedor del proceso de los concursos de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación de los registradores mercantiles a escala nacional.

 

Esta convocatoria se la realiza en cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social: Reglamento General de Veedurías Ciudadanas –http://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/02/reglamento-general-de-veedurias-ciudadanas.pdf

 

Para el efecto, los interesados en participar en este proceso democrático deberán llenar el formulario de inscripción, accediendo al siguiente enlacehttp://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/formulario_para_conformacion_de_veedurias_ciudadanas.pdf; además adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía y del certificado de votación.

 

El proceso promovido por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), culminó, en cuanto a la primera convocatoria, el 21 de enero, en Machala y el 22 de enero en los cantones Riobamba, Durán-Samborondón, Manta, Portoviejo, en estos últimos se cumplió la segunda convocatoria.

 

En tanto que desde hoy, se abrió la segunda convocatoria a participar como veedor del proceso de los concursos  de méritos  y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación del registrador mercantil de los cantones de Durán-Samborondón, Riobamba y Ambato. El proceso para los dos primeros cantones estará abierto hasta las 17:00, del 2 de febrero de 2021.

 

Mientras que las inscripciones para el cantón Ambato se deben remitir al correo electrónico srivadeneira@cpccs.gob.ec, desde este jueves 28 de enero hasta, las 17:00, del 04 de febrero de 2021.

 

Asimismo, el proceso continúa en el resto de los cantones, por lo que los interesados podrán enviar el formulario de inscripción y documentos, hasta las 17:00, de acuerdo con el siguiente cronograma:

 

 

 

 

 

  • Ibarra (tercera convocatoria de veeduría ciudadana) deberán enviar el formulario de  inscripción al  correo  electrónico iboboy@cpccs.gob.ec, hasta el viernes 29 de enero.

 

  • En Cuenca, la documentación se debe enviar a  los correos   electrónicosjflores@cpccs.gob.ec y jparedes@hotmail.com, hasta el  miércoles  03  de febrero  de 2021; además esta se receptará en  la  Oficina  de  la  Delegación Provincial  del  Azuay (calle  Miguel  Cordero  Dávila  1-225,  entre Cornelio Merchán  y  Francisco  Moscoso).

 

  • En Guayaquil, el proceso inicia el 26 de enero y culmina el 2 de febrero del 2021, a las 17h00. Las inscripciones se deben enviar al correo electrónicoabarbosa@cpccs.gob.ec.

 

  • En Esmeraldas, los interesados deberán enviar el formulario de inscripción al correo electrónico franklinhernandez@cpccs.gob.ec, desde el lunes  25 de enero, hasta el lunes 1 de febrero de 2021.

 

Cabe señalar que una vez concluido el plazo establecido y se realice la verificación de la información receptada, la Delegación Provincial del CPCCS tomará contacto con los postulantes.

 

Las veedurías ciudadanas constituyen mecanismos de control social que permiten a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos de participación para realizar el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública, con el fin de conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones, exigir rendición de cuentas y contribuir al mejoramiento de la administración de lo público.

 

Estas son independientes del CPCCS, de la entidad observada o de la cualquier otra  institución  de  la  administración  pública;  por  tanto,  no existe  relación  de  dependencia laboral  entre  el  Consejo  de  Participación Ciudadana  y  Control  Social  u  otra  dependencia  del Estado y los miembros de las veedurías ciudadanas.

 

De acuerdo con la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos (Sinardap), los registros mercantiles serán organizados y administrados por la Función Ejecutiva, a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), que dictará las normas técnicas y ejercerá las demás atribuciones que determina esta ley para la conformación e integración al sistema (art.20)

 

Por lo que, para ser designados como Registradora o Registrador Mercantil se lo hará mediante concurso público de oposición y méritos y su nombramiento será por un período fijo de cuatro años y podrá ser reelegida o reelegido por una sola vez./DCS