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Invitación a conformar veedurías para seleccionar a Registradores Mercantiles del país

BOLETÍN OFICIAL 024

19 de enero de 2021

 

Quito, Ecuador-  En cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) invita a la ciudadanía  a participar en la primera convocatoria para la  veeduría ciudadana para vigilar el proceso del concurso de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación de registro mercantil de los cantones Ambato, Durán- Samborondón, Santo Domingo, Riobamba y Machala; y, a  la segunda convocatoria en los cantones de Manta y Portoviejo.

 

Para el efecto, los interesados en participar en este proceso democrático deberán llenar el formulario de inscripción, accediendo al siguiente enlacehttp://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/formulario_para_conformacion_de_veedurias_ciudadanas.pdf; además adjuntando fotocopia de cédula de ciudadanía y del certificado de votación.

 

Asimismo, debido a la emergencia sanitaria que vive el país, los interesados, deberán enviar los formularios de inscripción a los siguientes correos electrónicos:

 

  • Manta y Portoviejo enviar a mjimenez@cpccs.gob.ec, hasta el viernes, 22 de enero de 2021, 17:00.
  • Machala enviar a jmendia@cpccs.gob.ec y wdavis@cpccs.gob.ec, hasta el 21 de enero de 2021, 17:00
  • Ambato enviar a srivadeneira@cpccs.gob.ec, hasta el viernes, 22 de enero de 2021, 17:00.
  • Durán- Samborondón enviar a abarbosa@cpccs.gob.ec, hasta el viernes, 22 de enero de 2021, 17:00.
  • Santo Domingo enviar a mccedeno@cpccs.gob.ec desde el 20 al 27 de enero de 2021, 17:00.
  • Riobamba enviar a ailguan@cpccs.gob.ec, hasta el viernes, 22 de enero de 2021, 17:00.

 

Es preciso indicar que una vez que concluya el plazo establecido y se realice la verificación de la información receptada, cada Delegación Provincial tomará contacto con los postulantes.

 

Las veedurías ciudadanas constituyen mecanismos de control social que permiten a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos de participación para realizar el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública, con el fin de conocer, informarse, monitorear, opinar, presentar observaciones, exigir rendición de cuentas y contribuir al mejoramiento de la administración de lo público.

 

Estas son independientes del CPCCS, de la entidad observada o de la cualquier otra institución  de  la  administración  pública;  por  tanto,  no existe  relación  de dependencia laboral  entre  el  Consejo  de  Participación  Ciudadana  y  Control  Social u  otra  dependencia  del Estado y los miembros de las veedurías ciudadanas.

 

Para más información descargue el Reglamento General de Veedurías Ciudadanas –http://www.cpccs.gob.ec/wp-content/uploads/2020/02/reglamento-general-de-veedurias-ciudadanas.pdf

 

De acuerdo con la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos (Sinardap), los registros mercantiles serán organizados y administrados por la Función Ejecutiva, a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), que dictará las normas técnicas y ejercerá las demás atribuciones que determina esta ley para la conformación e integración al sistema (art.20)

 

Por lo que, para ser designados como Registradora o Registrador Mercantil se lo hará mediante concurso público de oposición y méritos y su nombramiento será por un período fijo de cuatro años y podrá ser reelegida o reelegido por una sola vez. /DCS